No todas las personas que solicitan tratamiento en Nivelta son candidatas, y nos parece importante decirlo desde el principio. Si tu caso no encaja por motivos clínicos, no se cobra. Saber si encaja antes de empezar es parte del servicio.
Empezar mi evaluación clínica →No todas las personas que solicitan tratamiento en Nivelta son candidatas, y nos parece importante decirlo desde el principio. La valoración clínica de Programa Sintonía de Nivelta aplica los criterios consensuados por las guías médicas españolas e internacionales, y cuando tu caso no encaja por motivos clínicos no se cobra. Saber si encaja antes de empezar es parte del servicio.
Esta página explica los criterios que aplicamos, las tres situaciones que con más frecuencia aparecen en consulta, las contraindicaciones que pueden hacer que un tratamiento no sea adecuado, las consideraciones sobre interacciones farmacológicas y cirugía electiva, y qué pasa si tu caso no encaja en este momento.
Las indicaciones operativas para el tratamiento farmacológico del peso están consensuadas en las guías clínicas españolas e internacionales y son las que aplicamos en Nivelta. La Sociedad Española para el Estudio de la Obesidad (SEEDO) resume el consenso vigente, y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) regula la prescripción.
En términos generales, un tratamiento farmacológico del peso puede estar indicado en personas adultas en una de estas dos situaciones:
Estas dos vías reflejan una realidad clínica que tratamos en mayor profundidad en la página sobre obesidad médica: la disfunción cardiometabólica subyacente al peso puede ser clínicamente significativa antes de que el IMC alcance 30, y por eso la presencia de comorbilidades a partir de un IMC de 27 entra dentro del criterio.
En la práctica, hay tres escenarios que se repiten con frecuencia en la valoración inicial y conviene nombrarlos con franqueza.
Indicación clínica directa. Personas adultas con IMC igual o superior a 30, o con IMC igual o superior a 27 y al menos una comorbilidad clínicamente significativa. Es el grupo en el que las guías respaldan con claridad el tratamiento farmacológico del peso como una de las herramientas razonables, integrada con el resto del plan clínico. La decisión específica (si el tratamiento es lo adecuado en este momento concreto, con qué pauta y con qué seguimiento) sigue siendo individual y la toma tu médico sobre la base de la evaluación clínica inicial.
Valoración condicional. Personas con IMC entre 27 y 30 sin comorbilidades claramente establecidas, o con comorbilidades de magnitud limítrofe. Aquí la decisión es comorbilidad por comorbilidad y la página sobre sobrepeso con comorbilidad la desarrolla en detalle. Que el caso no sea evidente no significa que se declinará automáticamente: significa que la valoración clínica pesa más que el algoritmo y que la información que aporte en la evaluación clínica tiene más peso.
Casos en los que el tratamiento farmacológico del peso no es la herramienta adecuada. Personas con IMC inferior a 27, o con IMC entre 27 y 30 sin comorbilidades, o con un cuadro de disfunción cardiometabólica que requiere otro abordaje clínico antes (lo que la literatura científica reciente, por ejemplo en relación con el síndrome metabólico sin sobrepeso, ha denominado lean metabolic syndrome). En estos casos el plan clínicamente razonable es trabajar sobre el estilo de vida, tratar los componentes alterados de forma específica y valorar condiciones subyacentes. Que el caso no encaje hoy dentro de las indicaciones para un tratamiento farmacológico del peso no es un veredicto sobre la salud cardiometabólica: es información clínica útil sobre cuál es el camino apropiado.
Además del IMC y las comorbilidades, hay condiciones específicas que pueden contraindicar un tratamiento farmacológico del peso o que requieren valoración adicional antes de prescribir. Algunas son contraindicaciones absolutas; otras requieren evaluación individual. La evaluación clínica inicial recoge la información relevante para identificarlas, y tu médico las tiene en cuenta antes de hacer una recomendación.
Entre las contraindicaciones absolutas se encuentran:
Hay otras condiciones (antecedentes de pancreatitis, enfermedad renal o hepática, retinopatía diabética, colelitiasis, trastornos de la conducta alimentaria en remisión o uso previo de tratamiento farmacológico del peso, entre otras) que no son contraindicaciones absolutas pero requieren valoración individual. La evaluación clínica las recoge y tu médico las valora caso por caso.
La lista no es exhaustiva. La evaluación clínica explora el contexto clínico relevante y, cuando la información disponible no es suficiente para decidir, tu médico te lo dice y pide los datos que faltan antes de emitir una recomendación.
Hay dos consideraciones clínicas que derivan directamente del mecanismo de los fármacos actuales para el tratamiento del peso y que no son contraindicaciones, pero sí parte de la valoración inicial y del seguimiento. Las nombramos aquí con detalle porque son información que se pide en la evaluación clínica y que coordinamos antes y durante el tratamiento.
Los fármacos actuales para el tratamiento del peso retrasan el vaciado gástrico, parte de su mecanismo de acción. Ese efecto puede modificar la absorción de otros medicamentos administrados por vía oral. La magnitud y la relevancia clínica varían según la molécula, y la ficha técnica de cada fármaco autorizado por la AEMPS detalla las interacciones específicas. A nivel general, hay tres áreas clínicamente relevantes que valoramos rutinariamente:
Esta lista no es exhaustiva. La valoración inicial revisa toda mi medicación concomitante para identificar interacciones relevantes antes de prescribir; cuando algo requiere coordinación con otro profesional (atención primaria, especialista, ginecología), se me explicará por escrito y se me indicarán los pasos.
El mismo mecanismo de retraso del vaciado gástrico tiene una implicación importante en cirugía electiva: aumenta el riesgo de aspiración pulmonar durante la inducción anestésica si el estómago no se ha vaciado completamente. Las sociedades internacionales de anestesia, encabezadas por la American Society of Anesthesiologists, han emitido recomendaciones (2023, actualizadas en 2024 y 2025) que aconsejan suspender el tratamiento durante un periodo antes de cualquier cirugía electiva que requiera anestesia general o sedación profunda.
Para los fármacos de administración semanal, ese periodo de suspensión es típicamente de siete días antes de la intervención. Para los fármacos de administración diaria, el periodo es más corto y se ajusta al tipo concreto de fármaco; la ficha técnica y las recomendaciones de la sociedad anestésica que asista la cirugía guían la decisión.
Si tengo una cirugía electiva programada, es información que debo comunicar al equipo clínico de Nivelta con la mayor antelación posible para coordinar la suspensión del tratamiento y, en su caso, planificar la reintroducción tras la recuperación. En situaciones de cirugía urgente o no programada, debo comunicar al equipo anestésico que estoy en tratamiento farmacológico del peso para que puedan adaptar el manejo de la inducción.
No pagas nada. La evaluación clínica inicial es gratuito y la valoración clínica también. Si tu médico determina que el tratamiento farmacológico no es la herramienta adecuada para tu caso, te lo explicará por escrito con las razones clínicas concretas y, cuando proceda, con orientaciones sobre los siguientes pasos clínicos razonables: puede ser priorizar cambios de estilo de vida, valorar una condición subyacente con tu médico de atención primaria o un especialista, o tratar de forma específica algún componente cardiometabólico alterado antes de plantear otra cosa.
Que el caso no encaje en este momento no significa que no encaje nunca: las circunstancias clínicas cambian, y puedo volver a iniciar la evaluación clínica más adelante si las mías evolucionan. La valoración no es definitiva sobre mi salud; es una decisión clínica sobre una herramienta concreta en un momento concreto.
El primer paso es la evaluación clínica gratuito de Programa Sintonía de Nivelta. Lo revisa personalmente un médico colegiado en España.
La evaluación clínica lleva entre 15 y 20 minutos; incluye preguntas sobre tu historial médico y hábitos, y dos fotos corporales (frontal y lateral, en ropa interior o ropa ajustada) para que el médico pueda valorar visualmente la composición y la distribución de la grasa. Si eres candidato, recibirás una oferta personalizada con el plan propuesto y el precio. Si no lo eres, se te dirá sin coste y se te explicarán las razones clínicas.
El precio promocional de lanzamiento es de 25 EUR por prescripción durante los primeros dos meses tras el lanzamiento de Nivelta; después subirá. La medicación, cuando está indicada, se paga aparte en la farmacia que yo elija, a precio regulado por la AEMPS.
Cero. La evaluación clínica inicial es gratuito y la valoración clínica también. Sólo pagas si eres candidato, recibes la oferta personalizada y decides aceptarla. El precio promocional de lanzamiento es de 25 EUR por prescripción durante los primeros dos meses tras el lanzamiento de Nivelta; después subirá. La medicación, cuando está indicada, se paga aparte en la farmacia que tú elijas.
No, en este momento no. Las guías clínicas españolas e internacionales no respaldan el tratamiento farmacológico del peso por debajo de ese umbral, y en Nivelta seguimos esos criterios. Si tu IMC está por debajo de 27 y tienes preocupaciones cardiometabólicas, el camino clínico apropiado pasa por una valoración con tu médico de atención primaria, que puede orientarte sobre cambios de estilo de vida, sobre el tratamiento específico de cualquier componente alterado y, cuando proceda, sobre la derivación a un especialista.
Las que las guías clínicas reconocen como justificación para considerar el tratamiento farmacológico del peso a partir de un IMC de 27 son, entre otras: diabetes tipo 2, prediabetes, hipertensión arterial, dislipemia, apnea del sueño, síndrome de ovario poliquístico, enfermedad hepática esteatósica metabólica y enfermedad cardiovascular establecida. La lista no es cerrada y tu médico tiene en cuenta el contexto general (magnitud de la comorbilidad, presencia simultánea de varios componentes, evolución reciente) no sólo la presencia o ausencia de una etiqueta diagnóstica.
Sí. Las circunstancias clínicas cambian (el peso, los componentes cardiometabólicos, la aparición de comorbilidades o la mejora de un trastorno previamente activo) y la evaluación clínica inicial está abierto para volver a iniciarlo más adelante. Cuando vuelva, se me indicará qué información nueva conviene aportar respecto a la valoración previa. No hay penalización ni coste por volver a solicitar.
Debo comunicarlo al equipo clínico con la mayor antelación posible. Los fármacos actuales para el tratamiento del peso retrasan el vaciado gástrico, y las sociedades internacionales de anestesia recomiendan suspenderlos antes de cualquier cirugía electiva que requiera anestesia general o sedación profunda. Para los fármacos de administración semanal, ese periodo de suspensión es típicamente de siete días antes de la intervención. Para los fármacos de administración diaria, el periodo se ajusta al fármaco concreto. Coordinaremos la suspensión conmigo y planificaremos la reintroducción tras la recuperación. En situaciones de cirugía urgente o no programada, debo informar al equipo anestésico de que estoy en tratamiento farmacológico del peso para que puedan adaptar el manejo de la inducción.
Tu médico, un médico colegiado en España. La evaluación clínica tiene una parte automatizada que filtra contraindicaciones absolutas y verifica los umbrales mínimos de IMC y comorbilidad; el resto pasa a revisión médica personal. Si el filtro automático declina tu solicitud, tienes derecho expreso a pedir la revisión humana de un médico escribiendo a privacy@nivelta.es.